El Senado de la Nación plantó un rechazo histórico a los pliegos de Lijo y García Mansilla impulsados por el gobierno de Milei
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Con una mayoría aplastante, se rechazaron los dos jueces que propuso Milei para la Corte Suprema. Que dice la Constitución Nacional y, la opinión de constitucionalistas.
En un hecho histórico para el parlamento argentino, el Senado rechazó los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla, los jueces que Javier Milei nombró en comisión en la Corte Suprema.
La votación se resolvió con una mayoría aplastante en ambos casos. A Lijo lo rechazaron 44 senadores y a García Mansilla 51. Ambos necesitaban dos tercios del Senado, es decir, 48 votos a favor sobre 72.
“García Mansilla debe presentar hoy mismo la renuncia porque el delito que está cometiendo no prescribe. Señores de la Corte, dejen de violar la Constitución”.
José MAYANS
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— Senadores de UxP (@Senadores_UxP) April 4, 2025
Luego de unas cinco horas de debate, el Senado rechazó los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla para ser jueces de la Corte Suprema de Justicia. Legisladores del Peronismo, el PRO y la UCR lograron bloquear las designaciones que Javier Milei había propuesto para el máximo tribunal. Ahora deberá resolver las designaciones el juez Alejo Ramos Padilla, a cargo de la causa que busca la inconstitucionalidad de sus nombramientos en comisión.
Consumada la votación, la Cámara alta le dio un duro golpe a la administración nacional al no darle el aval de los postulantes para conformar la nueva Corte. Sin embargo, en Casa Rosada se anticiparon al escenario de derrota y dejaron trascender las opciones que tendrán para cada uno de los candidatos.
Qué dice la Constitución Nacional sobre el futuro de Manuel García-Mansilla en la Corte
García-Mansilla, a quien la Corte ya le tomó juramento, podrá seguir integran el órgano judicial en calidad de comisión hasta fin de año. Esto suponiendo que así lo decida el magistrado, quien a juzgar por su bibliografía en la materia, podría desistir del cargo al no contar con el aval del Congreso.
De acuerdo a la Constitución Nacional, el nombramiento en comisión, camino elegido por el Gobierno para nombrar a ambos jueces, habilita a los magistrados a que asuman temporalmente en la Corte, hecho que en el caso del abogado se consumó en febrero.
Sin embargo, aclara que el cargo será ejercido en primer término de manera “temporal” hasta que el Senado defina su futuro. Con el rechazo de la Cámara alta, se abre un nuevo camino. Por un lado, el juez ocupará el cargo “mientras dure su buena conducta”, a menos que sea removido mediante juicio político. Caso contrario, podrá ejercer hasta el fin de “la próxima legislatura”, circunstancia que operaría el 30 de noviembre de 2025.
La opinión de constitucionalistas sobre la continuidad de García-Mansilla en la Corte
Germán Bidart Campos, referente del constitucionalismo argentino, escribió en 1967 que si la Cámara alta rechaza el acuerdo de un juez nombrado en comisión “la negativa senatorial explícita deja ipso jure e ipso facto sin efecto el nombramiento en comisión (para el futuro)”. Y añade: “Que la Constitución diga que el nombramiento en comisión expira al fin de la próxima legislatura no significa que el designado pueda siempre permanecer en el cargo todo ese lapso, a pesar del acuerdo expresamente denegado, sino solamente que permanecerá en el cargo durante dicho término en el único caso de que el Senado no se pronuncie”.
Para el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, un juez designado en comisión, como García-Mansilla, “cuyo pliego a sido rechazado por el Senado, en este caso por una amplia mayoría, debe cesar automáticamente de su cargo con su renuncia”.
“Si a García-Mansilla le queda un poco de dignidad como funcionario republicano, tendría que estar renunciado en este momento. No puede estar un minuto más en la Corte Suprema. La decisión del Senado no solamente es un rechazo formal sino que es un mensaje político muy fuerte por el número y la diversidad de los votos”, continuó.
Respecto a la posibilidad de que los otros integrantes de la Corte le soliciten la renuncia a su colega cortesano, afirmó: “A la Corte le queda una última oportunidad que es cumplir con la cautelar del juez Alejo Ramos Padilla”, que le impide ejercer el cargo en el marco de una causa procesal que se inició en La Plata. “Está inhibido de ejercer el cargo”, agregó y le pidió que presente la renuncia.
“Es la última oportunidad de la Corte de dar algún signo de institucionalidad. Hasta acá, desde que asumió Milei, no ha dado respuesta. Debe cumplir con la medida cautelar y en segundo lugar, en un acuerdo, dar su opinión administrativa sobre la actual situación, que es que el rechazo del Senado hace inviable la continuidad de García-Mansilla”, añadió.
Para el constitucionalista Pablo Manili, el abogado cortesano “no se puede quedar porque la designación de un juez de la Corte es un acto complejo, que requiere la voluntad del Presidente y del Senado” y que esto es aún más claro “desde la reforma constitucional del ‘94, que estableció requisitos más severos para el acuerdo del Senado, ordenando una sesión pública y dos tercios de los votos”.
Para el abogado Daniel Sabsay, García-Mansilla “debería irse de inmediato” dado que “su continuación carecería de legitimidad y sus votos serían muy atacables”.
La constitucionalista María Angélica Gelli consideró que “guste o no” debería “obedecerse la decisión del Senado”. “El decreto del Poder Ejecutivo no puede bloquear el poder del Senado para examinar los pliegos y dar acuerdo o no. Así como el Senado puede aprobarlos, los puede desaprobar”, dijo y agregó: “La designación en comisión es hasta tanto se expida el Senado”.
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